Tarjetas de jornada, horas extra, domingo y festivo — deberes según el Código de Trabajo.
Todo empleador debe llevar registro de la jornada de cada empleado.
Tarjeta individual: horas por jornada, extra, domingos/festivos, guardias, vacaciones. Papel o electrónico.
Máx 8 a la semana y 150 al año (hasta 416 por convenio). Pago 100% + 50% (laborables) o 100% (domingos, festivos, noche).
Generalmente prohibido con excepciones. Por domingo — otro día libre; si no, +100%.
Deber sancionado por PIP. Danexis lo lleva.